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[post_date] => 2015-06-29 15:46:35
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[post_content] => La voz de las víctimas suele ser la menos escuchada. La vulnerabilidad de su situación y el temor a daños aún mayores evitan a menudo que se alce y, cuando lo hace, la del verdugo acostumbra a resonar con más potencia. En ocasiones, al silencio de las víctimas se añade la infamia difusa del "algo habrán hecho". Es lo que ha sucedido en el caso Banco Madrid.
La tesis es que el Estado ha sido cooperador necesario en la muerte de Banco Madrid, que hasta su intervención por el Banco de España, rebosaba salud. Su desaparición deja 15.000 clientes desprotegidos, cerca de 300 familias sin empleo y la honorabilidad de todos en entredicho. No es novedad que los poderes públicos lleven a la quiebra a una entidad financiera, pero sí que contribuyan a destruir un banco en una semana y se desentiendan de sus víctimas.
Hasta el pasado 9 de marzo nada hacía presagiar la caída en desgracia de una de las entidades financieras de mayor crecimiento y solvencia del país. Reguladores, supervisores y prestigiosas auditoras habían bendecido una y otra vez sus cuentas y procedimientos, y en su consejo de administración se encontraban nada menos que un ex director de Inspección de Banco de España y una exdirectora del Tesoro. Pero ese día se produjo un hecho significativo. El consejo recibió un informe de tres páginas del Sepblac (órgano de prevención del blanqueo de capitales). Era la primera noticia de esta institución desde que en abril y mayo de 2014 inspeccionara las operaciones del banco y concluía con la recomendación de que elaborase un plan de acción para corregir algunas deficiencias detectadas en los procedimientos de prevención de la operativa de blanqueo de capitales. Pura rutina bancaria, parecía.
Sin embargo, el elemento más inquietante de ese informe solo se revelaría un día después: precedió casi milagrosamente en unas horas al detonante de la caída en desgracia del banco. El 10 de marzo se hizo público un informe del FinCEN -institución dependiente del Tesoro de EEUU- en el que declaraba a BPA -matriz andorrana de Banco Madrid- institución financiera de máxima preocupación en materia de blanqueo de dinero. No se mencionaba a Banco Madrid, la acusación sólo se apoyaba en tres casos sub iúdice del pasado y se vulneraban los principios de discreción, proporcionalidad, presunción de inocencia y derecho a la propia defensa, pero bastó para disparar todas las alarmas.
Ese día, después de que las autoridades andorranas intervinieran BPA, Banco de España decide situar a dos interventores en Banco Madrid. La medida podía tener sentido si su objeto era el declarado de preservar la operativa de la entidad. Pero pronto se vio que no. En el último párrafo del acuerdo de intervención se afirmaba que si en la siguiente reunión del Comité Permanente que dirige el Sepblac se decidía abrir expediente sancionador a Banco Madrid, sus administradores serían sustituidos. Además, en una situación de pánico potencial, es deber esencial del regulador, y así consta en su normativa, dar garantías a corresponsales y contrapartidas sobre la seguridad de seguir operando con el banco cuya viabilidad se cuestiona. Por primera vez en la historia de la banca española, su banco central renunció a ese deber.
Ante esta falta de apoyo y la negativa de Banco de España a propiciar un cambio en el consejo de administración que permitiera la segregación de Banco Madrid respecto a BPA y facilitara la compra del banco español por alguna de las muchas entidades interesadas, su consejo de administración decidió dimitir la noche del miércoles 11. Se entendía que la entrada de lleno del supervisor en la entidad conllevaría que finalmente asumiese su deber de protección de empleados y clientes. No fue así.
¿Por qué esa negativa de Banco de España a cumplir con su deber? Según testimonios muy fiables, en el banco central ya sabían que en la reunión del Comité Permanente que se celebraría el viernes se decidiría sancionar a Banco Madrid y remitir el caso a la Fiscalía. Y así fue.
El Ministerio de Economía, de quien depende el Sepblac, asesta un golpe definitivo a su víctima. El Comité Permanente decide abrir expediente administrativo a Banco Madrid por infracciones graves y muy graves y, además, remitir el caso a la Fiscalía Anticorrupción. Lo más inaudito es que ambas medidas son hechas públicas de inmediato. Nunca antes había sucedido, a pesar de los numerosos casos previos de sanciones administrativas y denuncias ante la fiscalía, por dos buenas razones: la primera, que en el sector la discreción es clave para la supervivencia del sistema; y la segunda, que el deber de secreto está explícitamente consagrado en el artículo 49 de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.
Se pensará que al menos el informe tan expeditivamente remitido a la Fiscalía sería demoledor. Pues ni siquiera. Las operaciones denunciadas por indicios de irregularidad, unas veinte, que incluyen varias cuentas ya cerradas en el pasado -en su mayoría originadas antes de la adquisición del banco por BPA- y una operación de 2012 ya conocida más de un año atrás, sumaban unos 15 millones de euros, frente a un balance de la entidad de cerca de 1.200 millones o unos activos bajo gestión de 6.000 millones. En el peor de los casos, de confirmarse las irregularidades, habrían merecido una multa moderada, pero la pena real fue de muerte.
Y es que semejante sucesión de noticias adversas sin una reacción protectora digna de ese nombre harían tambalearse a cualquier institución financiera, incluso a una tan solvente como Banco Madrid. A los recelos de corresponsales y contrapartidas se unía la aceleración de los reembolsos de los clientes y las salidas de depósitos.
Sentencia de muerte
Ese mismo fin de semana, Banco de España preparó la sentencia de muerte de Banco Madrid. Constató el deterioro progresivo de su liquidez, determinó que el destino inevitable era el desangramiento del herido y, ante semejante fatalidad, acordó suspender su acceso a la liquidez del banco central, lo que en la práctica significaba acelerar el desangrado; el BCE recuperaba inmediatamente 231 millones de euros de un préstamo que vencía en mayo y, en consecuencia, se dificultaba aún más la posibilidad de hacer frente a las salidas de fondos. El corolario para Banco de España era claro: los administradores de Banco Madrid (el propio banco central) debían proceder a solicitar concurso de acreedores, algo que se hacía realidad el lunes 16, al mismo tiempo que la suspensión de la operativa de la entidad.
Así, la decisión de no proteger a Banco Madrid -ni ofreciendo seguridad a corresponsales y contrapartidas, ni permitiendo su acceso a la liquidez del banco central- dispara la probabilidad de una insolvencia futura que tautológicamente se toma como justificación de esa ausencia de protección. La decisión de que el destino de Banco Madrid era la liquidación crea las condiciones para que ese destino resulte inevitable.
¿Era inevitable que Banco Madrid fuera la primera entidad financiera española en la que se declara un concurso de acreedores? Las peculiaridades del sector financiero justifican que la ley le dedique un tratamiento especial y España cuenta con el Frob y con la ley 9/2012 de reestructuración y resolución de entidades de crédito. En su somera deliberación del domingo 15 de marzo sobre qué hacer, Banco de España contempla junto al concurso de acreedores la alternativa más obvia: la resolución a través del Frob. Al menos permitiría la continuidad de la actividad de la compañía y su venta a otra entidad.
Pero se decanta rápidamente por el concurso: afectaría esencialmente a accionistas y acreedores subordinados y no comprometería fondos públicos, al contrario que la intervención del Frob, dice, que además no tendría justificación de interés público. Un argumento último es reseñable: la venta de la entidad se haría muy difícil sin garantía del Frob ante la amenaza de multa por parte del Sepblac. Días después, el propio Frob, requerido por el juez del concurso a pronunciarse, repite fielmente los argumentos del banco central para desentenderse.
Los acontecimientos han demostrado que la decisión fue muy desafortunada. Sobre todo, se ha demostrado falso que no hubiera razones de interés público para que el Frob acometiera la resolución. El artículo 19 de la mencionada ley 9/2012 señala que el interés público tiene que ver con los objetivos detallados en su artículo 3, entre ellos "proteger los fondos reembolsables y demás activos de los clientes de las entidades de crédito". Pues bien, más de dos meses después del bloqueo de la operativa de Banco Madrid, unos 6.000 clientes aún no han podido acceder a inversiones financieras por valor de cerca de 2.900 millones de euros. La causa de esa ilegalidad reside en gran medida en el concurso de acreedores: la brusca paralización de la actividad del banco ha exigido complejos procesos manuales para realizar traspasos de subyacentes, cambios de comercializador y, finalmente, reembolsos, cuya materialización no se adivina aún y se complica por la salida de empleados.
Tampoco se ha demostrado cierto que la vía del concurso de acreedores no comprometiese fondos públicos. La CNMV se está viendo obligada a incrementar progresivamente los recursos que dedica al caso para intentar, hasta ahora con poco éxito, defender los derechos de los inversores. Entretanto, las demandas de clientes y accionistas se incrementan y no es en absoluto descartable que la negligente actuación de las administraciones públicas merezca en el futuro condenas judiciales con costes económicos sustanciales.
Ni siquiera es seguro que la intervención del Frob hubiese conllevado la inyección de fondos públicos. Es de suponer que se habría producido en un contexto de apoyo del BCE y de Banco de España, así como de las acciones necesarias para tranquilizar a clientes y contrapartidas, lo que debería haber servido para detener la salida de fondos. Y, desde luego, la venta posterior de una entidad tan saneada y atractiva para su competencia habría resultado rentable para las arcas públicas.
Finalmente, causa admiración que un argumento clave esgrimido para no facilitar la venta de Banco Madrid fuese el riesgo imposible de cubrir de una hipotética multa sobre la entidad. Si se trataba del temor a una multa de EEUU, la propia diplomacia estadounidense se encargó de recordar, demasiado tarde para el banco, que el aviso del FinCEN no acarrearía en ningún caso una multa, más allá de que la entidad española nunca fuese mencionada en su denuncia. Y si se trataba de una posible multa española, no deja de ser llamativo que el Ministerio de Economía (Frob) se resista a dar garantías sobre una multa que depende del propio ministerio (Sepblac) y que en cualquier caso habría sido moderada y acotable.
Acusación sin pruebas
¿Por qué esa negligencia de las instituciones del Estado? ¿Por qué desde el Ministerio se acusó públicamente y con escasas pruebas a Banco Madrid y se descartó cualquier viabilidad futura y desde el Banco de España se renunció al deber de protección precipitando su muerte? El miedo a EEUU o la sumisión ciega a sus designios, por encima del deber de proteger a instituciones y ciudadanos, es la interpretación más sencilla.
Puede añadirse el miope cálculo político en año electoral que ve en la denuncia estadounidense una oportunidad para presentarse como azote de bancos, ricos, paraísos fiscales y corruptos ante una opinión pública saturada de desmanes y rescates bancarios. Como si fuera posible hacer desaparecer con un solo gesto de falsa firmeza años de gestión corrupta de cajas y de quiebras verdaderas y muy costosas. Y también es posible añadir la circunstancia de que entre los 15.000 clientes había algún enemigo político.
Pero lo importante de esta historia son sus víctimas. Los accionistas y los clientes de Banco Madrid sin duda lo son. Los primeros concitan cierto escepticismo (ricos, andorranos y ¿blanqueadores?), pero la injusticia básica, desde luego procedimental, de la agresión sufrida y sus consecuencias permanentes los incluye necesariamente. En cuanto a los clientes, su crimen fue confiar la gestión de su patrimonio a una entidad eficiente regulada y supervisada por las autoridades españolas. Y su castigo, el bloqueo de su patrimonio, la incertidumbre sobre su evolución y su futuro y la sospecha pública sobre su honorabilidad.
Y casi nadie se acuerda de los empleados, probablemente las víctimas más desprotegidas. En una semana vimos cómo se desmoronaba nuestro proyecto profesional, el medio de vida de trescientas familias, sin alcanzar a saber por qué. En ese tiempo pasamos de trabajar en una entidad respetada y pujante a hacerlo en un lugar aparentemente despreciable; nosotros mismos parecimos volvernos despreciables a los ojos del mundo y alguna entidad del sector se apresuró a hacer saber que no nos aceptaría.
Han tenido que transcurrir cerca de tres meses para que empiecen a concretarse las posibles condiciones de nuestro injustificado despido, que nos hemos visto obligados a negociar con una administración concursal desbordada, en medio de un campo de batalla de intereses y tratando con poco éxito de ayudar a nuestros clientes a orientarse en un entorno opaco e imprevisible. Y entretanto, las instituciones del Estado que nos trajeron a esta situación ni se han dignado a asistir a nuestro entierro, cuya decencia posible contribuyeron a minar con notables despilfarros durante la intervención.
Mención especial merecen los empleados de la gestora de fondos del banco, pieza esencial de su éxito, y los de su bróker online. Al depender formal y arbitrariamente de empresas separadas, su destino es aún más oscuro que el del resto de empleados. Su previsible horizonte concursal todavía está por confirmar y la falta de activos disponibles de sus compañías ni siquiera augura una indemnización digna.
Hay dos víctimas más: el derecho a la información y la seguridad jurídica. Respecto a la primera, baste recordar cómo el 30 de marzo un periódico importante dedicaba casi toda su portada a la "información", procedente de anónimas fuentes de la fiscalía, de que Banco Madrid era una estructura para blanquear, obviamente sin aportar ni un solo dato. Y en cuanto a la seguridad jurídica, el terrible mensaje lanzado a los ciudadanos es que pueden ser condenados sin juicio previo y que sus inversiones y puestos de trabajo nunca estarán seguros en una entidad financiera española no sistémica.
Juzgue el lector qué castigo merecen los comportamientos descritos y qué resarcimiento sus víctimas. Y si los ciudadanos no mereceríamos un Estado que, aunque no siempre pueda salvarnos, al menos no nos condene.
FUENTE: Antonio Zamora, El Economista, 28 de mayo de 2015
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La tesis es que el Estado ha sido cooperador necesario en la muerte de Banco Madrid, que hasta su intervención por el Banco de España, rebosaba salud. Su desaparición deja 15.000 clientes desprotegidos, cerca de 300 familias sin empleo y la honorabilidad de todos en entredicho. No es novedad que los poderes públicos lleven a la quiebra a una entidad financiera, pero sí que contribuyan a destruir un banco en una semana y se desentiendan de sus víctimas.
Hasta el pasado 9 de marzo nada hacía presagiar la caída en desgracia de una de las entidades financieras de mayor crecimiento y solvencia del país. Reguladores, supervisores y prestigiosas auditoras habían bendecido una y otra vez sus cuentas y procedimientos, y en su consejo de administración se encontraban nada menos que un ex director de Inspección de Banco de España y una exdirectora del Tesoro. Pero ese día se produjo un hecho significativo. El consejo recibió un informe de tres páginas del Sepblac (órgano de prevención del blanqueo de capitales). Era la primera noticia de esta institución desde que en abril y mayo de 2014 inspeccionara las operaciones del banco y concluía con la recomendación de que elaborase un plan de acción para corregir algunas deficiencias detectadas en los procedimientos de prevención de la operativa de blanqueo de capitales. Pura rutina bancaria, parecía.
Sin embargo, el elemento más inquietante de ese informe solo se revelaría un día después: precedió casi milagrosamente en unas horas al detonante de la caída en desgracia del banco. El 10 de marzo se hizo público un informe del FinCEN -institución dependiente del Tesoro de EEUU- en el que declaraba a BPA -matriz andorrana de Banco Madrid- institución financiera de máxima preocupación en materia de blanqueo de dinero. No se mencionaba a Banco Madrid, la acusación sólo se apoyaba en tres casos sub iúdice del pasado y se vulneraban los principios de discreción, proporcionalidad, presunción de inocencia y derecho a la propia defensa, pero bastó para disparar todas las alarmas.
Ese día, después de que las autoridades andorranas intervinieran BPA, Banco de España decide situar a dos interventores en Banco Madrid. La medida podía tener sentido si su objeto era el declarado de preservar la operativa de la entidad. Pero pronto se vio que no. En el último párrafo del acuerdo de intervención se afirmaba que si en la siguiente reunión del Comité Permanente que dirige el Sepblac se decidía abrir expediente sancionador a Banco Madrid, sus administradores serían sustituidos. Además, en una situación de pánico potencial, es deber esencial del regulador, y así consta en su normativa, dar garantías a corresponsales y contrapartidas sobre la seguridad de seguir operando con el banco cuya viabilidad se cuestiona. Por primera vez en la historia de la banca española, su banco central renunció a ese deber.
Ante esta falta de apoyo y la negativa de Banco de España a propiciar un cambio en el consejo de administración que permitiera la segregación de Banco Madrid respecto a BPA y facilitara la compra del banco español por alguna de las muchas entidades interesadas, su consejo de administración decidió dimitir la noche del miércoles 11. Se entendía que la entrada de lleno del supervisor en la entidad conllevaría que finalmente asumiese su deber de protección de empleados y clientes. No fue así.
¿Por qué esa negativa de Banco de España a cumplir con su deber? Según testimonios muy fiables, en el banco central ya sabían que en la reunión del Comité Permanente que se celebraría el viernes se decidiría sancionar a Banco Madrid y remitir el caso a la Fiscalía. Y así fue.
El Ministerio de Economía, de quien depende el Sepblac, asesta un golpe definitivo a su víctima. El Comité Permanente decide abrir expediente administrativo a Banco Madrid por infracciones graves y muy graves y, además, remitir el caso a la Fiscalía Anticorrupción. Lo más inaudito es que ambas medidas son hechas públicas de inmediato. Nunca antes había sucedido, a pesar de los numerosos casos previos de sanciones administrativas y denuncias ante la fiscalía, por dos buenas razones: la primera, que en el sector la discreción es clave para la supervivencia del sistema; y la segunda, que el deber de secreto está explícitamente consagrado en el artículo 49 de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.
Se pensará que al menos el informe tan expeditivamente remitido a la Fiscalía sería demoledor. Pues ni siquiera. Las operaciones denunciadas por indicios de irregularidad, unas veinte, que incluyen varias cuentas ya cerradas en el pasado -en su mayoría originadas antes de la adquisición del banco por BPA- y una operación de 2012 ya conocida más de un año atrás, sumaban unos 15 millones de euros, frente a un balance de la entidad de cerca de 1.200 millones o unos activos bajo gestión de 6.000 millones. En el peor de los casos, de confirmarse las irregularidades, habrían merecido una multa moderada, pero la pena real fue de muerte.
Y es que semejante sucesión de noticias adversas sin una reacción protectora digna de ese nombre harían tambalearse a cualquier institución financiera, incluso a una tan solvente como Banco Madrid. A los recelos de corresponsales y contrapartidas se unía la aceleración de los reembolsos de los clientes y las salidas de depósitos.
Sentencia de muerte
Ese mismo fin de semana, Banco de España preparó la sentencia de muerte de Banco Madrid. Constató el deterioro progresivo de su liquidez, determinó que el destino inevitable era el desangramiento del herido y, ante semejante fatalidad, acordó suspender su acceso a la liquidez del banco central, lo que en la práctica significaba acelerar el desangrado; el BCE recuperaba inmediatamente 231 millones de euros de un préstamo que vencía en mayo y, en consecuencia, se dificultaba aún más la posibilidad de hacer frente a las salidas de fondos. El corolario para Banco de España era claro: los administradores de Banco Madrid (el propio banco central) debían proceder a solicitar concurso de acreedores, algo que se hacía realidad el lunes 16, al mismo tiempo que la suspensión de la operativa de la entidad.
Así, la decisión de no proteger a Banco Madrid -ni ofreciendo seguridad a corresponsales y contrapartidas, ni permitiendo su acceso a la liquidez del banco central- dispara la probabilidad de una insolvencia futura que tautológicamente se toma como justificación de esa ausencia de protección. La decisión de que el destino de Banco Madrid era la liquidación crea las condiciones para que ese destino resulte inevitable.
¿Era inevitable que Banco Madrid fuera la primera entidad financiera española en la que se declara un concurso de acreedores? Las peculiaridades del sector financiero justifican que la ley le dedique un tratamiento especial y España cuenta con el Frob y con la ley 9/2012 de reestructuración y resolución de entidades de crédito. En su somera deliberación del domingo 15 de marzo sobre qué hacer, Banco de España contempla junto al concurso de acreedores la alternativa más obvia: la resolución a través del Frob. Al menos permitiría la continuidad de la actividad de la compañía y su venta a otra entidad.
Pero se decanta rápidamente por el concurso: afectaría esencialmente a accionistas y acreedores subordinados y no comprometería fondos públicos, al contrario que la intervención del Frob, dice, que además no tendría justificación de interés público. Un argumento último es reseñable: la venta de la entidad se haría muy difícil sin garantía del Frob ante la amenaza de multa por parte del Sepblac. Días después, el propio Frob, requerido por el juez del concurso a pronunciarse, repite fielmente los argumentos del banco central para desentenderse.
Los acontecimientos han demostrado que la decisión fue muy desafortunada. Sobre todo, se ha demostrado falso que no hubiera razones de interés público para que el Frob acometiera la resolución. El artículo 19 de la mencionada ley 9/2012 señala que el interés público tiene que ver con los objetivos detallados en su artículo 3, entre ellos «proteger los fondos reembolsables y demás activos de los clientes de las entidades de crédito». Pues bien, más de dos meses después del bloqueo de la operativa de Banco Madrid, unos 6.000 clientes aún no han podido acceder a inversiones financieras por valor de cerca de 2.900 millones de euros. La causa de esa ilegalidad reside en gran medida en el concurso de acreedores: la brusca paralización de la actividad del banco ha exigido complejos procesos manuales para realizar traspasos de subyacentes, cambios de comercializador y, finalmente, reembolsos, cuya materialización no se adivina aún y se complica por la salida de empleados.
Tampoco se ha demostrado cierto que la vía del concurso de acreedores no comprometiese fondos públicos. La CNMV se está viendo obligada a incrementar progresivamente los recursos que dedica al caso para intentar, hasta ahora con poco éxito, defender los derechos de los inversores. Entretanto, las demandas de clientes y accionistas se incrementan y no es en absoluto descartable que la negligente actuación de las administraciones públicas merezca en el futuro condenas judiciales con costes económicos sustanciales.
Ni siquiera es seguro que la intervención del Frob hubiese conllevado la inyección de fondos públicos. Es de suponer que se habría producido en un contexto de apoyo del BCE y de Banco de España, así como de las acciones necesarias para tranquilizar a clientes y contrapartidas, lo que debería haber servido para detener la salida de fondos. Y, desde luego, la venta posterior de una entidad tan saneada y atractiva para su competencia habría resultado rentable para las arcas públicas.
Finalmente, causa admiración que un argumento clave esgrimido para no facilitar la venta de Banco Madrid fuese el riesgo imposible de cubrir de una hipotética multa sobre la entidad. Si se trataba del temor a una multa de EEUU, la propia diplomacia estadounidense se encargó de recordar, demasiado tarde para el banco, que el aviso del FinCEN no acarrearía en ningún caso una multa, más allá de que la entidad española nunca fuese mencionada en su denuncia. Y si se trataba de una posible multa española, no deja de ser llamativo que el Ministerio de Economía (Frob) se resista a dar garantías sobre una multa que depende del propio ministerio (Sepblac) y que en cualquier caso habría sido moderada y acotable.
Acusación sin pruebas
¿Por qué esa negligencia de las instituciones del Estado? ¿Por qué desde el Ministerio se acusó públicamente y con escasas pruebas a Banco Madrid y se descartó cualquier viabilidad futura y desde el Banco de España se renunció al deber de protección precipitando su muerte? El miedo a EEUU o la sumisión ciega a sus designios, por encima del deber de proteger a instituciones y ciudadanos, es la interpretación más sencilla.
Puede añadirse el miope cálculo político en año electoral que ve en la denuncia estadounidense una oportunidad para presentarse como azote de bancos, ricos, paraísos fiscales y corruptos ante una opinión pública saturada de desmanes y rescates bancarios. Como si fuera posible hacer desaparecer con un solo gesto de falsa firmeza años de gestión corrupta de cajas y de quiebras verdaderas y muy costosas. Y también es posible añadir la circunstancia de que entre los 15.000 clientes había algún enemigo político.
Pero lo importante de esta historia son sus víctimas. Los accionistas y los clientes de Banco Madrid sin duda lo son. Los primeros concitan cierto escepticismo (ricos, andorranos y ¿blanqueadores?), pero la injusticia básica, desde luego procedimental, de la agresión sufrida y sus consecuencias permanentes los incluye necesariamente. En cuanto a los clientes, su crimen fue confiar la gestión de su patrimonio a una entidad eficiente regulada y supervisada por las autoridades españolas. Y su castigo, el bloqueo de su patrimonio, la incertidumbre sobre su evolución y su futuro y la sospecha pública sobre su honorabilidad.
Y casi nadie se acuerda de los empleados, probablemente las víctimas más desprotegidas. En una semana vimos cómo se desmoronaba nuestro proyecto profesional, el medio de vida de trescientas familias, sin alcanzar a saber por qué. En ese tiempo pasamos de trabajar en una entidad respetada y pujante a hacerlo en un lugar aparentemente despreciable; nosotros mismos parecimos volvernos despreciables a los ojos del mundo y alguna entidad del sector se apresuró a hacer saber que no nos aceptaría.
Han tenido que transcurrir cerca de tres meses para que empiecen a concretarse las posibles condiciones de nuestro injustificado despido, que nos hemos visto obligados a negociar con una administración concursal desbordada, en medio de un campo de batalla de intereses y tratando con poco éxito de ayudar a nuestros clientes a orientarse en un entorno opaco e imprevisible. Y entretanto, las instituciones del Estado que nos trajeron a esta situación ni se han dignado a asistir a nuestro entierro, cuya decencia posible contribuyeron a minar con notables despilfarros durante la intervención.
Mención especial merecen los empleados de la gestora de fondos del banco, pieza esencial de su éxito, y los de su bróker online. Al depender formal y arbitrariamente de empresas separadas, su destino es aún más oscuro que el del resto de empleados. Su previsible horizonte concursal todavía está por confirmar y la falta de activos disponibles de sus compañías ni siquiera augura una indemnización digna.
Hay dos víctimas más: el derecho a la información y la seguridad jurídica. Respecto a la primera, baste recordar cómo el 30 de marzo un periódico importante dedicaba casi toda su portada a la «información», procedente de anónimas fuentes de la fiscalía, de que Banco Madrid era una estructura para blanquear, obviamente sin aportar ni un solo dato. Y en cuanto a la seguridad jurídica, el terrible mensaje lanzado a los ciudadanos es que pueden ser condenados sin juicio previo y que sus inversiones y puestos de trabajo nunca estarán seguros en una entidad financiera española no sistémica.
Juzgue el lector qué castigo merecen los comportamientos descritos y qué resarcimiento sus víctimas. Y si los ciudadanos no mereceríamos un Estado que, aunque no siempre pueda salvarnos, al menos no nos condene.
FUENTE: Antonio Zamora, El Economista, 28 de mayo de 2015
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