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Cómo entender los costes de despido en un mercado DUAL

Escrito el 19 febrero 2009 por Daniel Fernandez Kranz en Economía española

En su discurso el pasado once de febrero en Zaragoza ante la Federación de Usuarios de Cajas de Ahorros, el Gobernador del Banco de España, sugirió que abaratar el despido ayudaría a frenar el aumento del desempleo en España (el texto íntegro del discurso puede verse en www.bde.es). No tardaron en aparecer las primeras críticas al mensaje, que con el paso de los días se han ido agudizando, por parte del Gobierno, los sindicatos y gran parte de la opinión pública española.  Estando de acuerdo con gran parte del contenido del discurso, creo que éste obvió un aspecto fundamental de nuestro mercado laboral y que ayudaría a entender la propuesta del Gobernador: la DUALIDAD de nuestro sistema de protección ante el desempleo.

El discurso del gobernador se centró en el aspecto positivo de abaratar el despido: el estímulo a nuevas contrataciones. La opinión pública, Gobierno y sindicatos se han centrado en el aspecto negativo de la propuesta: a menor coste de despido, más despidos. Ambos tienen razón y la cuestión fundamental es qué efecto sería más importante si se llevase a cabo una reforma.

Creo que para analizar la propuesta de abaratar el despido se debe tener en cuenta una característica fundamental de nuestro mercado de trabajo: la DUALIDAD. Este concepto describe la combinación de altos costes de despido en contratos fijos y facilidades al uso de contratos temporales. En mi opinión esta combinación es letal para nuestro mercado de trabajo ya que los elevados costes de despido desincentivan la creación de puestos de trabajo y la presencia de contratos temporales facilita la destrucción de empleo. Esta destrucción de empleo a veces responde a las necesidades de ajuste de la capacidad productiva de las empresas, pero otras veces, y ante la incertidumbre futura, pretende evitar que un contrato temporal se transforme en indefinido una vez alcanzados los dos años de plazo máximo que fija la ley. El abismo que separa las condiciones laborales de ambos tipos de contrato contribuye sin duda a este motivo adicional para destruir empleo.

Otro efecto pernicioso de la dualidad tiene que ver con la escasa flexibilidad salarial de nuestro mercado laboral. En época de crisis, la masa de trabajadores con contratos temporales sirve de colchón a las empresas en apuros y favorece que los sindicatos respondan a los intereses de los trabajadores ‘protegidos’ fijando subidas salariales irreales y superiores al IPC previsto. Sin ir más lejos, el pasado mes de enero se han revisado en España 1,402 convenios colectivos que han fijado una subida salarial del 2,93% (¡de hasta el 3,54% en la construcción!), muy por encima de la inflación prevista.

La OCDE viene calculando desde hace tiempo unos índices que reflejan el nivel de los costes de despido para contratos indefinidos así como las restricciones/facilidades para el uso de contratos temporales (se pueden consultar estos índices para todos los países de la OCDE y varios años en www.oecd.org). De los 28 países estudiados, España se sitúa en el puesto 6 por nivel de costes de despido y en el puesto 4 por facilidades al uso de contratos temporales, es decir, está a la cabeza en ambas medidas.

La OCDE no proporciona un índice de DUALIDAD, pero éste puede calcularse fácilmente combinando los índices para los contratos indefinidos y temporales. La comparación entre países en cuanto a estos índices se refiere arroja resultados interesantes.

Primero, existe una correlación positiva entre costes de despido y facilidades al uso de contratos temporales (ver Gráfico 1). Es decir, en aquellos países donde los costes de despido son elevados, se han creado figuras alternativas de empleo, más flexibles, como los contratos temporales. Así, países como España, Grecia, Portugal, Turquía o México, combinan un elevado nivel en ambas categorías, estos es, disponen de unos mercados laborales muy DUALES, con un grupo de trabajadores altamente protegido y otro grupo bajo contratos precarios. Segundo, aquellos países con un nivel de costes de despido más elevado han visto aumentar su tasa de desempleo menos que la media durante 2008 (ver Gráfico 2), aunque este efecto aparentemente beneficioso de los costes de despido desaparece cuando éstos se combinan con una elevada tasa de temporalidad, pues el aumento del desempleo ha sido mayor en los países con mercados laborales DUALES (ver Gráfico 3).

Estas correlaciones están lejos de formar un cuerpo de ciencia cierta, pero sí sugieren que más allá de individualismos, existen combinaciones regulatorias que son letales para el mercado de trabajo. Si esto es así, habría que abordar cualquier reforma o propuesta de reforma desde un punto de vista global. Respecto a los costes de despido, probablemente una vía de solución pase por reducir las diferencias tan abultadas entre los costes de despido de los contratos fijos y temporales en España, lo que significa no sólo una reducción de los costes de despido de los contratos indefinidos, sino también unas mayores limitaciones al uso de contratos temporales. Las propuestas que tengan un enfoque global pueden ser más efectivas y al mismo tiempo más fáciles de trasladar a la opinión pública que aquellas otras que se centren en sólo un aspecto del marco legal que regula nuestro mercado de trabajo.

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