26
Abr

A raíz de la crisis en la Comisión Nacional del Mercado de Valores Español (CNMV) el diario EXPANSIÓN se pregunta si es necesaria una reforma de este organismo. De ahí que en este blog de economía nos preguntemos, de forma muy genérica, sobre que características deben tener los reguladores (gobernadores de bancos centrales, presidente de la comisión nacional de la energía, presidente del tribunal de la competencia o del tribunal de cuentas, organismos reguladores de aeropuertos, de las telecomunicaciones, o del mercado de valores, etc.). Casi todo el mundo está de acuerdo en que lo más deseable es que los reguladores económicos deben ser independientes, tanto de las empresas que actúan en el mercado como del Gobierno. La independencia con respecto al Gobierno es conveniente para evitar que la regulación sea interpretada con criterios políticos y no técnicos. El objetivo es que se cumpla la ley y se eviten, por tanto, presiones políticas. Por otro lado, el regulador debe ser también independiente de las empresas a las que regula, para evitar el riesgo de “captura del regulador”. Es decir, puede darse el caso de que la empresa consiga influir de tal manera en el regulador que llegue a anular parcial o totalmente su eficacia.


Con el fin de potenciar la independencia del regulador sería recomendable que tuviera un perfil lo más técnico posible y que sus decisiones respondieran a un análisis estrictamente técnico y objetivo. Para ello deberían adoptarse las medidas habituales en este tipo de organismos, tales como la selección de consejeros entre expertos de reconocido prestigio, la renovación secuencial de consejeros, desajustar dicha renovación de consejeros al ciclo político, etc. La independencia del organismo regulador también está relacionada con su forma de financiación. En este sentido, es necesario que esta sea suficiente para poder contar con aquellos medios técnicos, económicos y de personal que le permitan agilizar la toma de decisiones, y que estas puedan ser adoptadas de forma suficientemente fundada con el fin de evitar la paralización de la actividad de los regulados. Por otro lado, el regulador debería ajustarse a los principios de economía y eficiencia en el gasto.

¿Quién debe nombrar a los reguladores y especialmente a los Presidentes de los organismos reguladores? En los países donde mejor funcionan estos organismos y, por tanto, donde ofrecen más credibilidad, es el Congreso (o el parlamento) el que nombra. Antes de su nombramiento el candidato debe pasar un examen ante el Congreso, como ocurre en EEUU, y una vez nombrado debe dar cuenta de sus actuaciones ante el Congreso. Por tanto, independencia, perfil técnico y suficiencia económica harán del regulador un instrumento eficiente que además dará confianza a los mercados, a las empresas, a los contribuyentes y a los inversores. ¿Tienes otra opinión?

Comentarios

Aún no hay comentarios.

Dejar un Comentario

*

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle contenido relacionado con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información aquí. Aceptar