Imaginen que en una compañía aseguradora observan que los vehículos de color rojo experimentan un mayor número de siniestros que los de color azul. A continuación la compañía decide establecer primas distintas, para seguros de accidente con la misma cobertura, para los poseedores de vehículos rojos y azules. A partir de dicho momento, los conductores de vehículos rojos pagarán un seguro más caro. ¿Les parece esto lógico? A mí sí. Si las primas fuesen iguales, un promedio entre ambas primas, ponderado por el número de vehículos de cada tipo, lo que estaría sucediendo es que los conductores con menos accidentes (los de los coches azules) estarían subsidiando las primas de los conductores de coches rojos, que tienen más accidentes pero pagan lo mismo por el seguro.
Este principio de discriminación es bastante lógico y viene siendo aplicado desde siempre. Por eso los conductores noveles pagan primas más altas que los experimentados. Pues bien, esta diferencia que resulta tan evidente empieza a resquebrajarse cuando nos enfrentamos a las diferencias de género, ya que entramos en el terreno de lo políticamente incorrecto, ahora que el el tema de la igualdad se aplica a todos los contextos, incluso hasta aquellos en los que resulta bastante discutible. Y el Gobierno acaba de aprobar algo al respecto…
En efecto, en el desarrollo de la Ley de Igualdad entre hombres y mujeres, el Gobierno ha establecido que a partir del 1 de enero de 2009 los seguros no podrán tener en cuenta los costes y riesgos del embarazo y el parto a la hora de determinar las primas a pagar. Del mismo modo, no podrán aplicar diferencias en las prestaciones. La explicación del Gobierno, en voz de su Vicepresidenta, no ha podido ser más absurda, dado el contexto en el que nos encontramos (el de los seguros): así se consigue “garantizar la igualdad” entre hombres y mujeres.
Esta medida quizá a alguien le suene bien, pero volvamos al ejemplo de los vehículos y continuemos el argumento. Supongamos que una empresa aseguradora, pese a saber las diferencias de riesgo entre ambos tipos de vehículo se encuentra con una prohibición para poder establecer primas distintas. La consecuencia es que los conductores de vehículos azules estarán pagando un sobrecoste respecto a la prima que podrían estar desembolsando, y salvo que se les prohíba abandonar la compañía de seguros, acudirán a otra (nacional o extranjera) donde adquirirán un seguro ajustado a sus riesgos.
En la compañía que no pudo establcer diferencias en las primas sólo quedarán los conductores de vehículos rojos. Pero claro, entonces no habrá ninguna subsidiación, ya que no quedan vehículos azules, y habrá que volver a subir las primas, para adaptarlas a los verdaderos riesgos de los conductores de vehículos rojos. Pero claro, la Ley de Igualdad no se cumpliría. Probablemente el Gobierno prohibiría a la compañía de seguros subir las primas, y el déficit sería sufragado con cargo a los presupuestos públicos. Es decir, que al final seríamos todos los contribuyentes los que sufragaríamos una aplicación inadecuada de la ley de igualdad. Estamos ante un caso típico de lo que en economía conocemos como “selección adversa”. Y es que la teoría de los seguros se basa en las diferencias entre individuos. Intentar aplicar la Ley de Igualdad en este terreno es una estupidez más.
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